martes, 18 de noviembre de 2008

Justicia y Sociedad considera que el pleno celebrado este martes en Candelaria ha sido una farsa

Justicia y Sociedad considera que el pleno celebrado este martes en Candelaria ha sido una farsa para excusar lo que ya no tiene remedio



martes, 18 de noviembre de 2008

José Manuel Rivero critica que se haya aprobado hoy declarar Cho Vito de interés general porque lo lógico es que lo hubieran hecho el 6 de octubre por la tarde en un pleno extraordinario y urgente, el cual no se hizo por falta de voluntad política de Gumersindo García


SB-Noticias.- El pleno celebrado este martes en Candelaria aprobó por unanimidad, solicitar ante la administración competente el interés público del barrio marinero de Cho Vito, además también aprobó dirigir el presente acuerdo a la demarcación de Costas de Tenerife y al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife, y tomó el acuerdo plenario para que la demarcación de Costas asuma los costes de la reconstrucción de Cho Vito a su estado original siempre que la Ley así lo determine.



El prestigioso abogado José Manuel Rivero considera que la verdad es el arma que no hace libres. Desde su punto de vista, el pleno de hoy en candelaria ha sido una farsa, una mascarada, una puesta en escena para excusar lo que ya no tiene remedio, que es el desahucio, el desalojo, el derribo y el atropello a los derechos cívicos y el derecho a la vivienda de los pobladores de este barrio marinero de Tenerife.




Tras mostrar su tremendo enfado por este hecho, el integrante de la plataforma jurista Justicia y Sociedad explicó que la farsa radica en la mentira, en la excusa, en intentar tapar las vergüenzas con este pleno, aunque particularmente cree que no lo han conseguido.




Afirma que hoy han aprobado por unanimidad ni más ni menos, que solicitar ante las administraciones competentes el que sea declarado Cho Vito de interés público, algo que tenían que haber hecho el día 6 por la tarde a través de un pleno convocado de forma extraordinaria y urgente, porque no había motivos para que no se convocara, de tal forma que se hubiera aprobado lo que hoy han aprobado, algo que no se hizo por la voluntad política del alcalde, ahí radica la responsabilidad política.




Asegura el abogado que con esa declaración aprobada hoy, ya que no había motivos en contra para que no se convocara el pleno aquel fatídico lunes 6 de octubre por la tarde, si se hubiera levantado dicho día se hubiera posibilitado al abogado de los vecinos, Eduardo Silgo, que interpusiera aquella misma tarde un recurso de reposición contra el auto de la juez de los Contencioso Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife que denegaba la suspensión de la entrada y registro, y posterior derribo.




Para el miembro de Justicia y Sociedad, si Eduardo Silgo, con ese resolución en la que se solicitaba por parte del ayuntamiento de Candelaria a través del pleno convocado de forma extraordinaria y urgente que se declarase interés público al poblado de Cho Vito, que es una de las causa por las cuales la Ley de Costas permite aquellas construcciones que existían antes de la entrada en vigor que no se demolieran, como es el caso de Cho Vito.




Según José Manuel Rivero, se ha promovido por el ayuntamiento de Candelaria la solicitud de declaración de interés público ante el cabildo de Tenerife y ante el Gobierno de Canarias y hay un recurso que acompaña esta solicitud de declaración de interés público, porque explica que no debemos olvidar que lo que se estaba solicitando y que la jueza denegó es que hasta que no se resolviera el recurso que se había planteado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias contra la entrada y registro de las viviendas del poblado para su posterior derribo, es que se suspendiera la ejecución de esas entradas y registros hasta que se resolviera el recurso.




La decisión de la jueza ese lunes fue no suspender cautelarmente como así se le solicitaba. Si se interpusiera el recurso de reposición pidiendo dejar sin efecto al ejecución hasta que se resuelva el recurso, reponga y reforme su decisión anterior y deje que se pronuncie la Sala de lo Contencioso Administrativo y no mande a ejecutar porque además de la vulneración de derechos fundamentales, el ayuntamiento de Candelaria ha solicitado que se inicie un expediente por las administraciones competentes para que se declare de interés público al poblado, que es una de las causas que permite la Ley de Costas para que no se demuelan las construcciones existentes con anterioridad a su entrada en vigor.




Además el que se acreditara que el cabildo y el gobierno tenían conocimiento de esa solicitud para que iniciaran el expediente, máxime habiéndose acompañado el informe de Estévez donde de forma fundada establecía el interés público de ese poblado, la jueza ante esa circunstancia, no se hubiera atrevido a seguir adelante con los derribos.




En definitiva, de lo que se estaba solicitando aquella tarde del 6 de octubre era nada ni mada menos que se iniciara la solicitud de declaración de interés público por parte del ayuntamiento de Candelaria para respaldar un recurso de los vecinos para que la jueza reconsiderase la suspensión de la ejecución que tuvo lugar al día siguiente, algo que era muy fácil de hacer con voluntad política por parte del alcalde de Candelaria y sin embargo no se hizo.


NOTICIA DE SAN BORONDON


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